Argentina no cuenta con un Sistema Nacional de Información ni uno de Monitoreo Climático operativo, integrado y transparente. Esta deuda no solo afecta la rendición de cuentas, sino que debilita la participación de actores estratégicos como gobiernos subnacionales, sociedad civil, academia y sector privado. Por Mariano Villares

En un contexto de creciente urgencia climática, el acceso a información clara, actualizada y verificable sobre los compromisos asumidos por los países es un prerrequisito básico para cualquier política pública. Argentina, sin embargo, aún no cuenta con un Sistema Nacional de Información ni uno de Monitoreo Climático operativo, integrado y transparente.
Esta deuda no solo afecta la rendición de cuentas, sino que debilita la participación de actores estratégicos como gobiernos subnacionales, sociedad civil, academia y sector privado. La transparencia no es un lujo, es la base de una acción climática efectiva, eficiente y democrática.
1. Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático
Actualmente, los compromisos climáticos de Argentina están dispersos en más de veinte documentos oficiales, incluyendo las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC), el Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático (PNAyMCC), el Plan de Transición Energética, estrategias sectoriales, entre otros.
Sólo contemplando al PNAyMCC ya contamos con 250 medidas a evaluar. Esta fragmentación no sólo complejiza el seguimiento, sino que impide una lectura integral de los avances y obstáculos en la acción climática nacional. En este contexto, se vuelve aún más relevante contar con un Sistema Nacional de Información que facilite la interpretación de esta información dispersa y un Sistema de Monitoreo que permita controlar el seguimiento.
En términos normativos, la Ley 27.520 y su decreto reglamentario establecen la creación del Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático (SNICC), como una herramienta clave para el diagnóstico y la elaboración de planes de respuesta climática en las distintas jurisdicciones del país, así como para garantizar la transparencia del inventario nacional de GEI y del monitoreo de las medidas de mitigación.
El Decreto 1030/21 amplía aún más su alcance, definiendo que el SNICC debe incluir información sobre pérdidas y daños, vulnerabilidad, fuentes y sumideros de gases de efecto invernadero, transferencia y desarrollo de tecnología, financiamiento climático e impactos del cambio climático, entre otros.
Aún no se cumple la ley
Sin embargo, a casi seis años de la sanción de la ley, aún no contamos con un SNICC. PNAyMCC establece justamente como objetivo tenerlo listo para este año: “Al 2025, el Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático (SNICC) se encuentra publicado en la página web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS), siendo accesible para todas las personas interesadas. Su disponibilidad representa un paso importante hacia la transparencia y la democratización del acceso a la información climática en Argentina.”
A solo meses de alcanzar ese plazo, ni el sistema ha sido implementado ni existen espacios participativos abiertos para discutir su diseño, gobernanza o funcionamiento. Pese a que en el Primer Reporte de Progreso Implementación del segundo Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático de Noviembre 2024, detalla que el objetivo de contar con un SNICC y de Monitoreo se cumplió, objetivamente, al día de hoy, ningún ciudadano puede acceder a ninguno.
Incluso, según el mismo reporte, que para su realización consultaron 18 áreas gubernamentales y se obtuvieron respuesta sólo de 11 de ellas, “a esto se le suma que el 51% de las medidas no tienen información que dé cuenta del estado de implementación, esto indica que la capacidad de reporte de la información debe ser fortalecida, ya que casi la mitad de las áreas no enviaron información sobre sus medidas”.
Este artículo es parte del Informe Anual 2025 sobre Cambio Climático, solicitá el informe completo en el formulario a pie de página.
2. Monitoreo del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático
El propio PNAyMCC también contempla, a través del compromiso [FI-07], la necesidad de operacionalizar un sistema de monitoreo específico para sus metas de adaptación y mitigación. Esta meta incluye la definición de indicadores alineados a los objetivos al 2030, el diseño de herramientas de recolección de datos, la creación de acuerdos institucionales claros, y el establecimiento de roles y tareas por parte de cada organismo involucrado.
A su vez en la Estrategia Nacional de Acción para el Empoderamiento Climático (ENACE) de Argentina se detalla que el propósito del sistema de monitoreo del PNAyMCC es mostrar el grado de avance y resultados de las metas de adaptación y mitigación de la Argentina asumidas en su Segunda NDC y en el PNAyMCC. Además de incorporar las lecciones aprendidas durante su implementación, a fin de garantizar la mejora continua de la gestión de la política climática nacional.
También detalla 3 propósitos, en sintonía con la metodología propuesta por GIZ & IISD:
- Mostrar avances y resultados de implementación por componente y eje transversal.
- Producir conocimiento útil para corregir desvíos y establecer objetivos más ambiciosos.
- Reportar de forma transparente a una diversidad de actores sobre logros y desafíos.
El objetivo oficial es que este sistema esté plenamente operativo en 2025, pero al igual que el SNICC, aún no hay evidencia pública de su diseño, institucionalización ni validación participativa.
3. El Observatorio de Acción Climática: una iniciativa desde la sociedad civil
Frente a este vacío institucional, sin MAYDS, sin SNICC y sin sistema de monitoreo del PNAyMCC desde Sustentabilidad Sin Fronteras impulsamos la creación del Observatorio de Acción Climática, una plataforma pionera en América Latina que busca sistematizar y clasificar más de 650 compromisos climáticos asumidos por Argentina.
Para ello se identificaron 49 metas con sus propios objetivos agrupadas en 17 temas clave, los cuales representan un total de 95 objetivos de seguimiento con diversos plazos, en su mayoría estimados para 2030.
El observatorio será presentado en julio de este año y contará con actualizaciones semestrales hasta el 2030. Este esfuerzo institucional, desarrollado con apoyo técnico de Globant, y el acompañamiento de más de 10 organizaciones especialistas en diversas áreas, permitirá visualizar brechas, identificar rezagos críticos y fortalecer la exigibilidad ciudadana en materia climática.
Si bien no sustituye el rol del Estado, el Observatorio deja en evidencia la necesidad de institucionalizar un sistema oficial con estas características. También demuestra el potencial de alianzas entre sociedad civil, sector privado y comunidad técnica para construir soluciones ágiles y escalables.
4. El Acuerdo de Escazú
La falta de implementación del SNICC y del sistema de monitoreo del PNAyMCC no solo incumple nuestra legislación nacional, sino que vulnera compromisos internacionales. Argentina fue uno de los primeros países en ratificar el Acuerdo de Escazú, el primer tratado regional ambiental de América Latina y el Caribe, que establece como pilar fundamental el acceso a la información ambiental.
En particular, el artículo 6 del Acuerdo establece que los Estados Parte deberán garantizar el acceso a la información ambiental de manera oportuna, comprensible, actualizada y gratuita, incluyendo datos sobre fuentes de contaminación, riesgos ambientales y efectos del cambio climático. La falta de una plataforma oficial, accesible y consolidada para monitorear las políticas climáticas impide cumplir con estos estándares básicos de transparencia, afectando la posibilidad de ejercer otros derechos como la participación informada o la exigencia de rendición de cuentas.
Además, Escazú exige que los países generen y divulguen dicha información de manera sistemática y proactiva, estableciendo sistemas nacionales adecuados para su recopilación, gestión y difusión. La falta de un SNICC operativo y de un sistema de monitoreo institucionalizado representa un incumplimiento concreto de este tratado vigente, afectando especialmente a comunidades vulnerables que dependen de información clara para adaptarse y participar en la toma de decisiones.
Asimismo, el Acuerdo de Escazú exige que los países generen y divulguen información ambiental de manera sistemática y proactiva, y que establezcan sistemas nacionales adecuados para recopilar, gestionar y difundir dicha información. Si bien Argentina ha avanzado en la legislación climática, y ha creado formalmente el SNICC, no se encuentra operativo ni hay evidencias de un cumplimiento próximo.
Esta situación limita el monitoreo ciudadano de las políticas públicas, restringe el acceso de comunidades vulnerables a datos clave para su adaptación, y debilita los procesos de diálogo e incidencia. En este sentido, la falta de un sistema integral y funcional no es solo una omisión administrativa, sino una forma concreta de incumplimiento a un tratado internacional vigente.
Contar con el SNICC y un sistema de monitoreo climático no es solo una buena práctica, es una obligación jurídica tanto a nivel nacional como internacional. También es una forma de recuperar la confianza en las instituciones, especialmente en contextos donde la ciudadanía percibe inacción o retrocesos ambientales. La opacidad genera escepticismo. La apertura, por el contrario, empodera.
5. Conclusión
La construcción de un Sistema Nacional de Información y de uno de Monitoreo Climático es una condición indispensable para alcanzar los compromisos asumidos por Argentina y para democratizar la política climática.
El Observatorio de Acción Climática es una muestra de que existen capacidades locales para desarrollar herramientas innovadoras y de alto impacto. Solo falta voluntad política para transformar la transparencia de un reclamo a una realidad institucional. Cada mes que se pierde sin construir esta herramienta debilita nuestra credibilidad climática, interna y externa. La transparencia no es un fin en sí mismo, es la vía para construir una acción climática más justa, efectiva y legítima.
