Antes de que la crisis climática se consolidara como la emergencia política, social y jurídica que es hoy, los países de la región comenzaron a construir, en 2012,un marco institucional orientado a fortalecer la democracia ambiental mediante tres pilares fundamentales: el acceso a la información, la participación pública en la toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia (Acuerdo de Escazú, ONU, 2018). Visto con la perspectiva del tiempo, el proceso que condujo al texto final del Acuerdo de Escazú mostró un notable sentido de anticipación. Por Constanza Dougnac.

Al vincular la protección del ambiente y los derechos humanos con los derechos de acceso, el tratado proporciona herramientas concretas para mejorar la transparencia, la legitimidad y la eficacia de las políticas públicas. En este sentido, Escazú puede entenderse como un instrumento clave para fortalecer la gobernanza ambiental en la región (CEPAL & ACNUDH, 2023; REDESCA, 2026).
Escazú como infraestructura institucional de la acción climática
La gobernanza climática requiere instituciones capaces de procesar decisiones altamente conflictivas y, en este escenario, Escazú cumple una función importante al fortalecer las condiciones institucionales necesarias para una acción climática informada y participativa. Este tratado refuerza las condiciones de transparencia y acceso a la información ambiental, indispensables para el diseño y el monitoreo de políticas climáticas.
Sin embargo, a pesar de que la formulación de estrategias de mitigación y adaptación requiere información confiable, en muchos países de América Latina estos datos siguen siendo fragmentados o de difícil acceso, por ejemplo, muy pocos países cuentan con sistemas de Registros de Emisiones (RETC) y en aquellos donde existen la información no siempre se presenta en formato de datos abiertos ni se hace la suficiente fiscalización para que se reporte todo lo necesario; al mismo tiempo, en el caso de la evaluación de riesgos y vunlerabilididades, muchas veces los levantamientos de información se hacen de forma centralizada, lo que impide comprender impactos en territorios más aislados.
Al establecer obligaciones de transparencia activa y de producción de información ambiental accesible, se reducen estas brechas y se facilita el escrutinio público de las decisiones (Acuerdo de Escazú, 2018; CEPAL & ACNUDH, 2023).
Asimismo, las medidas vinculadas a la transición energética, la adaptación territorial o la creación de infraestructura pueden generar impactos significativos en las comunidades locales y en los ecosistemas. Por lo tanto, reforzar la participación pública en las decisiones ambientales es un elemento central para la legitimidad de las políticas climáticas. La incorporación de estándares sobre cómo debe promoverse esta participación, así como la incorporación de conocimientos locales, científicos y tradicionales, no solo contribuyen a mejorar la calidad de las decisiones, sino que también pueden reducir los riesgos de conflictos socioambientales.
Otro componente fundamental del tratado es el fortalecimiento del acceso a la justicia ambiental. Este aspecto adquiere especial relevancia en un contexto en el que el litigio climático ha crecido significativamente a nivel global y regional como herramienta para exigir mayor ambición en la acción pública y proteger derechos afectados por el deterioro ambiental (CIDH, 2021).
No obstante, uno de los aspectos más innovadores del acuerdo es la incorporación explícita de estándares propios del derecho internacional de los derechos humanos, entre ellos los principios de no regresión y progresividad, consagrados en el artículo 3. El primero establece que los Estados no deben retroceder en los niveles de protección ambiental ya alcanzados, mientras que el segundo impone la obligación de avanzar de manera continua en la implementación y el fortalecimiento de los derechos de acceso (Acuerdo de Escazú, ONU, 2018).
Así, ambos principios operan de manera complementaria: la no regresión es un piso mínimo de protección que no puede debilitarse, mientras que la progresividad impulsa a los Estados a mejorar gradualmente sus marcos institucionales y sus políticas públicas. Esta lógica ha sido reforzada por la jurisprudencia interamericana, que señala que cualquier retroceso en materia de protección ambiental debe ser excepcional, debidamente justificado y compatible con estándares estrictos de necesidad y proporcionalidad (Corte IDH, 2025).
Finalmente, el acuerdo introduce obligaciones específicas orientadas a garantizar un entorno seguro para quienes defienden el ambiente. Este elemento resulta particularmente relevante en América Latina, región que, según informes recientes, representa cerca del 88 % de los asesinatos registrados de defensores ambientales a nivel mundial, reflejando la magnitud de los riesgos que enfrentan quienes participan en la defensa del territorio y de los derechos ambientales (SSF & FARN, 2024).
Según los informes, la mayoría de los conflictos se deben a la expansión de proyectos extractivos mineros y petroleros, que muchas veces suceden a la par de procesos de militarización, incrementando la vulnerabilidad de comunidades locales. Asimismo, el aumento de los agronegocios, los monocultivos y la expansión de la industria energética, a resultado en una gran amenaza para comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas.
Cambios institucionales para alinear políticas con Escazú
Para que los estándares establecidos por el Acuerdo de Escazú se traduzcan en una gobernanza ambiental efectiva, los Estados deben impulsar transformaciones institucionales que permitan implementar en la práctica los derechos de acceso consagrados por el tratado.
Una primera prioridad es fortalecer los sistemas de información ambiental y climática. La formulación de políticas de mitigación y adaptación requiere información confiable sobre emisiones de gases de efecto invernadero, vulnerabilidades territoriales, riesgos climáticos y avances en los compromisos internacionales asumidos por los Estados.
En este sentido, los gobiernos deberían desarrollar plataformas públicas que integren estos datos conforme a estándares de datos abiertos. Asimismo, la información climática debe estar desagregada por variables como género, territorio, edad o pertenencia étnica, lo que permite identificar impactos diferenciados del cambio climático y diseñar respuestas más equitativas (REDESCA, 2026).
Sin embargo, el fortalecimiento de los sistemas de información ambiental no debe recaer exclusivamente en los organismos públicos. Las empresas y otros actores privados también desempeñan un papel relevante en la generación y divulgación de información sobre emisiones, riesgos ambientales y medidas de mitigación.
Aunque en muchos países estas obligaciones aún se encuentran en desarrollo, avanzar hacia estándares más altos de transparencia corporativa y de debida diligencia ambiental contribuiría a mejorar la calidad del debate público y a reducir los conflictos socioambientales asociados a proyectos o actividades productivas.
Un segundo desafío es mejorar la calidad de los procesos participativos. En numerosos países de la región, la participación pública continúa limitada a instancias formales de consulta que se realizan cuando las decisiones ya están definidas.
Por el contrario, los estándares de Escazú exigen que la participación sea temprana, informada e inclusiva, de modo que las personas y comunidades potencialmente afectadas puedan influir de manera efectiva en el diseño de políticas, planes y proyectos (Acuerdo de Escazú, ONU, 2018). Esto implica también eliminar barreras estructurales que limitan la participación de comunidades rurales, pueblos indígenas y otros grupos en situación de vulnerabilidad, mediante mecanismos adaptados a las realidades territoriales y culturales.
Una tercera dimensión es la trazabilidad de las decisiones públicas. Esto significa que las autoridades deben explicar de manera transparente cómo se consideraron las observaciones ciudadanas recibidas durante los procesos participativos y cuáles fueron los criterios técnicos o jurídicos que sustentaron la decisión final.
Experiencias recientes en la región muestran avances en esta dirección. En Chile, por ejemplo, el Plan de Implementación Participativa del Acuerdo de Escazú (PIPE) 2024-2030 establece más de doscientas medidas orientadas a fortalecer los derechos de acceso y la garantía de un entorno seguro y propicio para las personas defensoras ambientales, recibiendo reconocimiento por parte del Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento del Acuerdo (CAAC) como una iniciativa relevante para avanzar en la implementación del tratado en la región (CAAC, 2025).
Otro instrumento particularmente relevante en el caso chileno es el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Este registro reúne información periódica sobre emisiones de múltiples sectores regulados e integra actualmente más de ciento veinte contaminantes, así como diversos parámetros físicos y biológicos (CAAC, 2025).
No obstante, el propio proceso de evaluación de la implementación del Acuerdo en ese país ha identificado desafíos relevantes. Entre ellos se encuentra la necesidad de mejorar la calidad y la actualización de los datos ambientales, facilitar la comprensión pública de la información técnica disponible y avanzar hacia mecanismos de participación más tempranos en los procesos de evaluación ambiental, de modo que la ciudadanía pueda influir de manera efectiva en las decisiones (CAAC, 2025).
Estos desafíos ilustran que la implementación de Escazú no depende únicamente de la existencia de marcos normativos adecuados, sino también del desarrollo progresivo de capacidades institucionales y de una voluntad política.
Acceso a la justicia y prevención de estrategias intimidatorias
Un componente esencial de la gobernanza ambiental es la existencia de instituciones judiciales independientes, sólidas y capacitadas para resolver de manera efectiva las controversias ambientales. El acceso a la justicia es clave para garantizar que las decisiones públicas en materia ambiental y climática estén sujetas a control institucional y a mecanismos de rendición de cuentas (CEPAL, 2018).
En la práctica, esto implica que los Estados deben asegurar que las personas y comunidades puedan impugnar decisiones administrativas o exigir reparación por daños ambientales mediante procedimientos accesibles, oportunos y técnicamente adecuados. A pesar de eso, en muchos países de América Latina persisten brechas de acceso a la justicia ambiental, vinculadas a la falta de recursos económicos, la complejidad técnica de los procesos y la escasez de instituciones judiciales especializadas en la materia (REDESCA, 2026).
Para reducir estas brechas se requiere fortalecer las capacidades de jueces, fiscalías y organismos administrativos, así como desarrollar mecanismos de asistencia jurídica que permitan a las comunidades participar en los procesos judiciales en condiciones más equilibradas. Hasta ahora, estas limitaciones, se intentan equilibrar con la asistencia por parte de ONG’s especializadas o de clínicas de derecho ambiental, pero sin duda hay una gran deuda por parte de los Estados, tantos en la creación de instancia de asistencia jurídica independientes que puedan actuar como defensores del pueblo y de capacitar al personal judicial y administrativo que interviene en estas causas, entre otras acciones.
Otro desafío es la creciente utilización de demandas estratégicas contra la participación pública (SLAPPs), acciones judiciales destinadas a intimidar o silenciar a personas, organizaciones o comunidades que cuestionan proyectos o decisiones con impacto ambiental. En este contexto, diversos organismos internacionales han destacado la necesidad de que los Estados adopten medidas activas para prevenir y sancionar este tipo de prácticas, incluyendo mecanismos de desestimación temprana de demandas abusivas y garantías reforzadas para quienes participan en asuntos de interés público (REDESCA, 2026).
Porqué Escazú importa hoy
La crisis climática es una realidad que ha transformado profundamente las condiciones ecológicas, sociales y económicas en todo el mundo. En América Latina, sus efectos se combinan con dinámicas históricas de desigualdad, conflictos territoriales y una alta vulnerabilidad. Al mismo tiempo, en diversos países de la región se observan tensiones y retrocesos en materia de protección ambiental y regulación climática, lo que plantea desafíos adicionales para la construcción de respuestas institucionales consistentes.
En este contexto, fortalecer la gobernanza ambiental resulta tan importante como definir metas de reducción de emisiones o diseñar estrategias de adaptación. El Acuerdo de Escazú representa un avance significativo en este sentido, al proporcionar un marco institucional que vincula la acción ambiental con los derechos humanos mediante los principios de transparencia, participación y acceso a la justicia, junto con los principiosde no regresividad y progresividad para sus firmantes.
En este sentido, más que un instrumento exclusivamente ambiental, Escazú configura una arquitectura normativa destinada a mejorar la calidad democrática de las decisiones ambientales en América Latina.
La experiencia reciente en la región muestra que la implementación efectiva de estos estándares requiere cambios institucionales concretos: sistemas de información ambiental confiables y accesibles, procesos participativos capaces de influir en las decisiones públicas, instituciones judiciales independientes y capacitadas para resolver controversias ambientales, y mecanismos que permitan prevenir prácticas que debilitan la participación pública, como las SLAPPS.
Asimismo, avanzar hacia una mayor transparencia y responsabilidad en la generación de información ambiental —tanto por parte de los Estados como de los actores privados— constituye un elemento fundamental para mejorar la legitimidad de las políticas climáticas y reducir los conflictos socioambientales. Además, se debe garantizar que todas las personas —y en particular las comunidades más vulnerables— puedan acceder a información confiable, participar en las decisiones que afectan su entorno y recurrir a sistemas de justicia efectivos.

En última instancia, la consolidación de una gobernanza ambiental democrática es una condición esencial para equilibrar las asimetrías estructurales que caracterizan a América Latina y aunar esfuerzos para que la protección del ambiente y la dignidad humana avancen de la mano.
